PLAN NACIONAL DE CIENCIA,TECNOLOGIA E INNOVACION 2005-2030: SUSTENTO LEGAL
El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se sustenta en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI en sus artículos 11 al 19, de acuerdo a esa orientación, se recogió gran cantidad de opiniones a diferentes actores pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), acerca de cómo la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contribuyen con el desarrollo del país. Para ello, se definió un marco de acción a 25 años, con la idea de recuperar la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.
Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela.
- Artículo
110.
Ley
Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo
11.
- Artículo
12.
- Artículo
13.
- Artículo
14.
- Artículo
15.
- Artículo
16.
- Artículo
17.
- Artículo
18.
- Artículo
19.
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